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martes, 2 de octubre de 2012

BOP - Aprobación definitiva Tasas Agua

En el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, de Ayer lunes 1 de octubre se publicó el anuncio de que las nuevas tasas del servicio de abastecimiento de Aguas han pasado automáticamente a definitivas tras haberse finalizado el plazo de presentación de reclamaciones.

La nueva cuota fija domestica se establece en 15,45 € /Ab. Trim , y los bloques de cuotas variables se determinan del siguiente modo: Bloque 1 (0-15) a 1,03 euros el metro cúbico, Bloque 2 (16-50) a 1,37 euros el metro cúbico y el Bloque 3 (>50) a 2,58 euros el metro cúbico. Además se publican otras tarifas de Enganches, acometidas, Desconexiones, instalaciones del contador,…

martes, 28 de agosto de 2012

Tasas de Agua, Plazas de Maestro y Conserje

El Boletín Oficial de la provincia de Cáceres anunció el pasado 20 de Agosto que se aprobó provisionalmente en pleno la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa del Servicio de Abastecimiento de Agua, la cual se somete a información pública durante 30 días desde que se publicó en el boletín, para que se puedan presentar las reclamaciones oportunas. Una vez transcurrido dicho plazo, si no hay reclamaciones se consideran aprobadas definitivamente.

Por otro lado, el Ayuntamiento ha anunciado la convocatoria para la contratación mediante Concurso, de una plaza de Maestro para demandantes de empleo o que estén en situación de mejora de empleo, y destinada a impartir en Ceclavín, en jornada de trabajo a tiempo parcial durante el curso 2012-2013, El programa de Aprendizaje a lo largo de la vida.

Además de la mencionada convocatoria, también se anuncia otra para una plaza de Conseje-Servicios Múltiples Destinada al mantenimiento, conservación y vigilancia del Colegio Público de Ceclavín durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre del presente año y hasta el 30 de junio del 2013, en jornada completa de 40 horas a la semana.

El plazo para presentar las instancias y participar así en las convocatoria está estimado hasta el próximo lunes 3 de septiembre para la de Maestro y hasta el Miércoles 5 de Septiembre para la de Conserje.

martes, 21 de febrero de 2012

BOP: Tasas Alquiler Maquinaria

El ayuntamiento ha anunciado en el Boletín Oficial de la provincia de Ayer 20 de Febrero, la aprobación definitiva de la Ordenanza que regulará las tasas por utilizar Maquinaria, elementos o aparatos propiedad del ayuntamiento.

Algunos de los artículos que se recoge en el boletín, indican entre otros, que para solicitar el arriendo de la maquinaria habrá que hacerlo por escrito explicando el uso para el que se utilizará, así como horas o días que se estima vaya a emplearse. La prestación de las herramientas o maquinarias solo podrá ser cedida cuando los servicios del propio Ayuntamiento no las necesiten, y deberá ser devuelta sin derecho a indemnización, cuando el ayuntamiento la precise, volviendo a ser prestada de nuevo en el momento que ya no sea de necesidad para el ayuntamiento. En cuanto a la cesión de vehículos y maquinaria que requieran un especial manejo, la persona encargada de manejarla, estará incluida también en la prestación, incrementándose la tasa de manera proporcional según el número de personas que se requiera. Igualmente si alguna herramienta necesita el traslado y montaje por parte de personal y/o medios municipales, se le aplicará a la tasa de la cesión de la herramienta, los costes que correspondan por el montaje y traslado. Entre los artículos que cabe reseñar está también el de la obligación de suscribir un seguro cuando la tenencia de alguna maquinaría lo exija.

Las tarifas que se recogen en el boletín son:

Retroexcavadora (con operario).. 60 €/hora
Dumper autocargante............. 36 €/día
Camión.......................... 80 €/día
Hormigonera autocargante........ 37 €/día
Martillo neumático.............. 10 €/día
Martillo eléctrico.............. 18 €/día
Hormigonera..................... 11 €/día
Grupo electrógeno............... 17 €/día
Vibrador hormigón (bandeja)..... 30 €/día
Pisón mecánico (Rana)........... 25 €/día
Radial (sin disco).............. 12 €/día
Taladro/atornillador............ 12 €/día
Máquina de soldar............... 45 €/día
Bomba de agua................... 15 €/día
Máquina de lavado a presión..... 33 €/día
Cortasetos...................... 18 €/día
Motosierra...................... 20 €/día
Cortacésped..................... 25 €/día

miércoles, 15 de febrero de 2012

BOP: Tasas del Gimnasio Municipal

En el boletín oficial de la provincia de Cáceres de hoy 15 de febrero de 2012 se anuncia la aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gimnasio municipal.

Según se recoge en dicho boletín las instalaciones permanecerán abierta de lunes a viernes durante un mínimo de 4 horas diarias, y en un horario que se fijará previamente por la alcaldía. Las tasas por utilizar estos servicios puede ser:
- 2 euros por día
- 20 euros por mes
- 58 euros por trimestre
- 116 euros por semestre
- 200 euros por año

martes, 30 de agosto de 2011

BOP: Tasas de Abastecimiento de Agua

En el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres nº 167, de hoy Martes 30 de Agosto de 2011 se anuncia que al haber finalizado el pazo de exposición al público de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de servicio de Abastecimiento de Aguas y al no haberse presentado reclamaciones al respecto, queda elevado a definitivo el Acuerdo plenario de dicha Ordenanza fiscal reguladora publicándose el texto integro en el mismo boletín.

lunes, 27 de diciembre de 2010

BOP: Tasa Gimnasio y Transferencias de Créditos

El Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres Nº 247, con fecha del 27 de Diciembre de 2010 publica los siguientes anuncios acordados en El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de diciembre de 2010.

1. - Aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.
2. - Aprobación provisional de la imposición y la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de Gimnasio Municipal.

viernes, 9 de julio de 2010

BOP: Padrón Fiscal Tasa Suministro Agua

En el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (BOP), N.º 131, de hoy Viernes 9 de Julio de 2010 sale publicado el siguiente Edicto:
Por la Alcaldía mediante Resolución de fecha 2 de Julio de 2010, se ha aprobado el siguiente Padrón Fiscal de la Tasa de Suministro de Agua:

AÑO CONCEPTO Nº RECIBOS IMPORTES
2009 PADRON AGUA 2º TRIMESTRE 2015 22.543,58 €
2009 PADRON AGUA 3ER TRIMESTRE 2021 25.253,86 €


Los interesados podrán interponer en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, Recurso de Reposición, previo al contencioso, administrativo, de conformidad con el art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 2 de julio de 2010.- El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

martes, 30 de marzo de 2010

BOP: Tasas de Agua (Definitivo).

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Ceclavín sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa del Servicio de Abastecimiento de Aguas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el TRLRHL.

lunes, 10 de noviembre de 2008

Hoy en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANUNCIO DE DEROGACIÓN AUTOMÁTICA DE LA ANTERIOR ORDENANZA Y APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Derogar automáticamente la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Expedición de Documentos Administrativos, en su anterior redacción, así como aquellas Tasas que se hayan incorporado a la nueva redacción de la Ordenanza Fiscal. Dicha derogación automática se producirá en el momento de la publicación en el B.O.P. de la aprobación definitiva de la nueva Ordenanza Fiscal.

Segundo.- Aprobar provisionalmente la imposición de la TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS y la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, en los términos en que figura en el expediente.

Tercero. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Cuarto. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO CON CAJEROS AUTOMÁTICOS CON ACCESO DIRECTO DESDE LA VÍA PÚBLICA

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la nueva ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO CON CAJEROS AUTOMÁTICOS CON ACCESO DIRECTO DESDE LA VÍA PÚBLICA, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo. y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LOS DERECHOS DE EXAMEN

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la nueva ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR LOS DERECHOS DE EXAMEN, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA ORGANIZACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL EN LA CASA CONSISTORIAL

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la nueva ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA ORGANIZACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL EN LA CASA CONSISTORIAL, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo. - Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la modificación de la ordenanza reguladora del Precio Público de Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo.- Que los acuerdos provisionales de la modificación de la Ordenanza se expongan al público por plazo de treinta días en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Finalizado el período de exposición pública, el Pleno adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

Cuarto.- En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartado anterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de la Ordenanza, habrán de ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIOS PÚBLICOS PARA FINANCIAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS, CULTURALES, RECREATIVAS Y DEPORTIVAS EN LAS INSTALACIONES MUNICIPALES

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la modificación de la ordenanza reguladora del Precio Público para la Realización de Actividades Educativas, Culturales, Recreativas y Deportivas en las Dependencias e Instalaciones Municipales, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo.- Que los acuerdos provisionales de la modificación de la Ordenanza se expongan al público por plazo de treinta días en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Finalizado el periodo de exposición pública, el Pleno adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

Cuarto.- En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartado anterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de la Ordenanza, habrán de ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOCIO-ECONÓMICO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CECLAVÍN

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de Subvenciones en materia de Promoción y Desarrollo Socio-Económico en el Término Municipal de Ceclavín, en los términos en que figura en el expediente.

SEGUNDO. Someter dicha modificación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.