sábado, 15 de noviembre de 2008

Petición para mejorar Servicio electrico

JUNTA DE EXTREMADURA
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN INDUSTRIAL, ENERGÉTICA Y MINERA

ANUNCIO

Acuerdo por el que se somete a información pública la petición de autorización administrativa, la declaración de utilidad pública en concreto y la necesidad de urgente ocupación que ello implica de la instalación eléctrica que se cita.

A los efectos prevenidos en la Ley 54/1.997, de 27 de noviembre, del Sector eléctrico, artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa y declaración en concreto de la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación que ello implica de la instalación que a continuación se detalla:

PETICIONARIO: ELÉCTRICAS PITARCH DISTR.,S.L.U.
con domicilio en: AVDA. VIRGEN DE GUADALUPE, 33-2, CÁCERES.

LÍNEA ELÉCTRICA:
Origen: LÍNEA PORTEZUELO-ACEHÚCHE.
Final: LÍNEA CORIA-CECLAVÍN.
Términos municipales afectados: ACEHÚCHE Y CECLAVÍN.
Tipo de línea: Aérea.
Tensión de servicio en KV: 46.
AISLADORES: Materiales: VIDRIO. Tipo: 1507.
Longitud total en Kms: 12,202.
Emplazamiento de la línea: T.M. DE ACEHÚCHE Y CECLAVÍN
FINALIDAD: MEJORA DEL SERVICIO ELÉCTRICO EN LA ZONA.
Referencia del expediente: 10/AT: 8117

La declaración en concreto de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el art. 54.1/1.997, de 27 de Noviembre, llevará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados en base a la documentación aportada por el titular de la instalación. Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en este Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera sito en Edificio Múltiple, 3ra. planta en Cáceres, y formularse al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que estimen oportunas, en el plazo de VEINTE DÍAS, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, a los solos efectos de rectificar posibles errores, de acuerdo con el art. 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el art. 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Cáceres, 22 de octubre de 2008.-El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, E. y Minera, Arturo Durán García.

viernes, 14 de noviembre de 2008

Solicitud para oposición a la plaza de Celador

ESCRITO DE PUBLICACIÓN DE LOS CRITERIOS PARA LA COBERTURA DE PLAZA CELADOR/A PARA EL CENTRO DE SALUD DE CECLAVÍN

Una vez publicado este anuncio en el BOP, se establece un plazo de 20 días naturales, donde se podrán presentar en el Registro General de este Ayuntamiento solicitudes para formar parte en el proceso de selección para dar cobertura a 1 plaza de Celador/a para el Centro de Salud de Ceclavín, cofinanciado mediante subvención recogida en Convenio celebrado con la Junta de Extremadura.

  • - SISTEMA DE SELECCIÓN: OPOSICIÓN
  • - CRITERIOS DE SELECCIÓN: Se encuentran expuestos en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.
  • - DERECHOS DE EXAMEN: 12 € que se harán efectivos en la Caja de Extremadura n.º de cuenta 2099/ 0208/47/0071339567 sito en Plaza de España, 16, excepto desempleados residentes en Extremadura, registrados en la Oficina correspondiente de la Consejería de Trabajo de la Comunidad de Extremadura, con una antigüedad de, al menos, 6 meses, previa presentación de la correspondiente tarjeta de demanda, cuya copia deberán adjuntar a la instancia.
En Ceclavín a 5 de noviembre de 2008.- El Alcalde, Pedro Martín González Mirón.

lunes, 10 de noviembre de 2008

Hoy en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANUNCIO DE DEROGACIÓN AUTOMÁTICA DE LA ANTERIOR ORDENANZA Y APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Derogar automáticamente la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Expedición de Documentos Administrativos, en su anterior redacción, así como aquellas Tasas que se hayan incorporado a la nueva redacción de la Ordenanza Fiscal. Dicha derogación automática se producirá en el momento de la publicación en el B.O.P. de la aprobación definitiva de la nueva Ordenanza Fiscal.

Segundo.- Aprobar provisionalmente la imposición de la TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS y la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, en los términos en que figura en el expediente.

Tercero. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Cuarto. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO CON CAJEROS AUTOMÁTICOS CON ACCESO DIRECTO DESDE LA VÍA PÚBLICA

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la nueva ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO CON CAJEROS AUTOMÁTICOS CON ACCESO DIRECTO DESDE LA VÍA PÚBLICA, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo. y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LOS DERECHOS DE EXAMEN

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la nueva ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR LOS DERECHOS DE EXAMEN, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA ORGANIZACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL EN LA CASA CONSISTORIAL

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la nueva ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA ORGANIZACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL EN LA CASA CONSISTORIAL, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo. - Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la modificación de la ordenanza reguladora del Precio Público de Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo.- Que los acuerdos provisionales de la modificación de la Ordenanza se expongan al público por plazo de treinta días en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Finalizado el período de exposición pública, el Pleno adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

Cuarto.- En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartado anterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de la Ordenanza, habrán de ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIOS PÚBLICOS PARA FINANCIAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS, CULTURALES, RECREATIVAS Y DEPORTIVAS EN LAS INSTALACIONES MUNICIPALES

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

Primero.- Aprobar provisionalmente el texto de la modificación de la ordenanza reguladora del Precio Público para la Realización de Actividades Educativas, Culturales, Recreativas y Deportivas en las Dependencias e Instalaciones Municipales, en los términos en que figura en el expediente.

Segundo.- Que los acuerdos provisionales de la modificación de la Ordenanza se expongan al público por plazo de treinta días en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Finalizado el periodo de exposición pública, el Pleno adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

Cuarto.- En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartado anterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de la Ordenanza, habrán de ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.

ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOCIO-ECONÓMICO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CECLAVÍN

El Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2008, acordó lo siguiente:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de Subvenciones en materia de Promoción y Desarrollo Socio-Económico en el Término Municipal de Ceclavín, en los términos en que figura en el expediente.

SEGUNDO. Someter dicha modificación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

En Ceclavín a 4 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Pedro M. González Mirón.